Impugnar la decisión de despido

Abogada Andreea Chelaru

Impugnación de la decisión de despido

Una decisión de despido puede impugnarse en 45 días si es ilegal o carece de fundamento. Preparar bien la demanda y las pruebas marca la diferencia entre perder el puesto y lograr la reincorporación con indemnización.

Si consideras que la decisión es ilegal y/o injustificada, puedes presentar impugnación en 45 días naturales desde la comunicación, ante el tribunal competente.

En la impugnación se puede pedir la anulación de la decisión y que el empleador pague una indemnización igual a los salarios actualizados y demás derechos desde el despido hasta el pago efectivo.

Procedimiento de impugnación

Si el trabajador quiere volver a su puesto, puede solicitar la reincorporación. De lo contrario, el contrato cesa de pleno derecho al quedar firme la sentencia que anula el despido.

Si el despido causó también un perjuicio moral y se prueba, se pueden reclamar daños morales. También se pueden pedir costas (honorarios de abogado, gastos de testigos, transporte/alojamiento, etc.). Estos aspectos pertenecen al ámbito del derecho laboral y pueden requerir representación jurídica especializada en litigios laborales.

Contenido de la impugnación

Aspectos a verificar

  • motivación y hechos indicados en la decisión;
  • respeto del procedimiento disciplinario o de despido;
  • fecha de emisión y de comunicación;
  • derecho de defensa y convocatoria a la audiencia.

Un control rápido de plazos y pruebas aumenta las opciones de éxito al impugnar la decisión. Si la decisión es anulada, el tribunal puede ordenar la reincorporación y el pago de derechos salariales, además de daños morales cuando corresponda.

Qué debe incluir la impugnación

  • Datos del trabajador: nombre, domicilio, DNI, teléfono, correo, cuenta bancaria (si aplica).
  • Datos del empleador: denominación, sede, y, si se conocen, número de registro mercantil/persona jurídica.
  • Objeto: anulación de la decisión, pago de indemnización, reincorporación, daños morales, costas.
  • Motivos de hecho y de derecho: todas las razones de ilegalidad o falta de fundamento del despido.
  • Pruebas: documentos, interrogatorio, testigos, etc., propuestos en la impugnación (bajo sanción de decaimiento), aunque en litigios laborales la carga de la prueba recae en el empleador.

La sentencia del Tribunal que admite o rechaza la impugnación es ejecutoria y puede ejecutarse desde su comunicación.

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